Establecen cómo será la devolución del IVA para turistas extranjeros

El nuevo sistema, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, permitirá a los extranjeros recibir una tarifa menor por el servicio de alojamiento en el país. La AFIP será la autoridad de aplicación.

El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto que establece los mecanismos que se instrumentarán para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por los servicios de alojamiento prestados a turistas extranjeros, para lo cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la autoridad de aplicación.

Según el Decreto 1043/2016, el beneficio será aplicado a «los montos facturados por los servicios de alojamiento y desayuno, cuando éste se encuentre incluido en el precio del hospedaje, brindados a turistas del extranjero en todo el país».

En ese sentido, expresa que aplicarán para el reintegro los servicios «contratados tanto de manera directa como a través de agencias de viajes, en la medida que se instrumenten mediante la utilización de algún medio de pago que implique la transferencia de fondos al país provenientes del extranjero u otros que la Autoridad de Aplicación considere pertinentes».

«No darán lugar al referido reintegro la venta de bienes ni las demás prestaciones o locaciones de servicios que se realizaren en forma conjunta o complementaria con las prestaciones mencionadas en el párrafo anterior, las que deberán facturarse en forma discriminada», aclara el decreto que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay.

Según la norma, se considerará turista extranjero «a toda persona que ingrese en el territorio de la República Argentina sin tener su residencia habitual en el país, y permanezca en él sin exceder el plazo máximo que establece la legislación migratoria».
La AFIP, como autoridad de aplicación, deberá dictar dentro de un plazo de 60 días corridos, las normas complementarias necesarias para la concreción del beneficio.

El decreto también establece que ‘el ministerio de Turismo evaluará el impacto de la implementación del régimen de que se trata en la generación del empleo en el sector, el ingreso al país de turistas extranjeros y el gasto turístico, debiendo confeccionar informes anuales sobre la evolución de dichos parámetros a la finalización de cada período devengado‘.

Ayer, Macri anunció la reglamentación del artículo 43 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, ordenado en 1997, que prevé el reintegro del IVA a turistas extranjeros, por servicios de alojamiento, con el objetivo de «dinamizar» el sector, generar «trabajo de calidad» y ganar «competitividad‘ ante otros países de la región que adoptaron una medida similar».

Fuente: Diario Cronista.

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *